• El Tribunal Electoral determinó que los exconsejeros invadieron atribuciones reservadas al Poder Legislativo y validó la actuación del INE.
Morelia, Michoacán.- Miércoles 22 de julio de 2026.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este miércoles la remoción de cuatro consejeros del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), al dejar firme la resolución emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE) el pasado 19 de junio.
Los recursos fueron promovidos por el PAN, el PRI y los exconsejeros Ignacio Hurtado Gómez, Claudia Marcela Carreño Mendoza, Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León y Juan Adolfo Montiel Hernández. Sin embargo, los magistrados concluyeron que el procedimiento fue legal, estuvo debidamente fundamentado y no vulneró el derecho de defensa ni la presunción de inocencia de los involucrados.
El proyecto, elaborado por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, sostiene que los exconsejeros vulneraron la autonomía del Órgano Interno de Control del IEM al designar de manera provisional a una persona para encabezar esa área, una facultad que corresponde constitucionalmente al Poder Legislativo.
La Sala Superior también rechazó el argumento de que no existía una prohibición expresa para realizar ese nombramiento, al recordar que las autoridades únicamente pueden ejercer las atribuciones que la ley les otorga de manera expresa.
Durante la sesión, el magistrado Fuentes Barrera destacó que este caso constituye un precedente nacional, al ser la primera ocasión en que el INE remueve a más de la mitad de los integrantes de un organismo electoral local por faltas graves en el ejercicio de sus funciones. Asimismo, afirmó que la resolución fortalece el diseño institucional y los límites de actuación de las autoridades electorales.






