• La resolución deja sin efectos, por ahora, la disculpa pública y las demás medidas impuestas al senador de Morena.
Morelia, Michoacán, 4 de agosto de 2026.- La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la sentencia que determinó que el senador de Morena, Gerardo Fernández Noroña, cometió violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de la presidenta municipal de Uruapan, Grecia Quiroz, y ordenó al Tribunal Electoral del Estado de Michoacán emitir una nueva resolución.
La determinación deja sin efectos, de manera temporal, las medidas de reparación establecidas contra el legislador, entre ellas la presentación de una disculpa pública, la capacitación en materia de violencia política de género y su inscripción en los registros nacional y estatal de personas sancionadas. Esto no representa una resolución definitiva sobre el fondo del caso, sino la obligación de realizar un nuevo análisis jurídico.
De acuerdo con la magistrada del Tribunal Electoral de Michoacán, Yurisha Andrade Morales, el órgano local cuenta con diez días hábiles, a partir de la notificación, para dictar la nueva sentencia, por lo que el plazo vencerá el próximo 14 de agosto.
La magistrada explicó que el nuevo proyecto deberá estudiar primero si las expresiones atribuidas a Fernández Noroña están protegidas por la inmunidad parlamentaria prevista en el artículo 61 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Posteriormente, el tribunal deberá determinar si se actualizan los elementos de violencia política contra las mujeres por razón de género.
El procedimiento comenzó el 13 de enero, cuando Grecia Quiroz presentó una queja ante el Instituto Electoral de Michoacán. En un primer momento, el tribunal estatal se declaró incompetente al considerar que la alcaldesa sustituta no había accedido al cargo mediante voto directo. Sin embargo, la Sala Regional Toluca revocó ese criterio y estableció que quienes ocupan cargos de manera interina o sustituta cuentan con los mismos derechos político-electorales que las personas electas directamente en las urnas.
Tras recibir la orden de analizar el fondo, el Tribunal Electoral de Michoacán resolvió que las manifestaciones del senador configuraron violencia política de género, al considerar que demeritaron la capacidad y el desempeño público de Quiroz, perpetuaron estereotipos y afectaron de manera desproporcionada el ejercicio de sus derechos políticos.
La resolución local ordenaba que, una vez firme, Fernández Noroña ofreciera una disculpa pública, publicara un resumen de la sentencia en su canal de YouTube, acreditara un curso especializado y fuera inscrito en los registros correspondientes. También se dio vista a la Mesa Directiva del Senado, al Instituto Nacional Electoral y al Instituto Electoral de Michoacán.
La denuncia se originó por declaraciones realizadas por Fernández Noroña en noviembre de 2025, después del asesinato del entonces presidente municipal de Uruapan, Carlos Manzo, y del posterior nombramiento de Grecia Quiroz como alcaldesa sustituta. En sus intervenciones, el senador la calificó como “ambiciosa” y “fascista”, y afirmó que utilizaba el homicidio de su esposo para posicionarse políticamente rumbo a la elección por la gubernatura de Michoacán en 2027.
El Tribunal Electoral de Michoacán había concluido que esas expresiones rebasaron los límites de la crítica política, mientras que Fernández Noroña rechazó esa interpretación y sostuvo que sus señalamientos estuvieron dirigidos a cuestionar la postura política de la alcaldesa y no su condición de mujer.
Con la revocación, corresponderá nuevamente al tribunal michoacano definir si la inviolabilidad parlamentaria protege todas o algunas de las expresiones analizadas y, únicamente después de resolver ese punto, determinar si existió violencia política contra las mujeres por razón de género.






