• El Teemich determinó que el IEM deberá emitir una nueva resolución tras concluir que las pruebas y el contexto del caso no fueron analizados de manera integral.
Morelia, Michoacán, 15 de julio de 2026.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (Teemich) ordenó al Instituto Electoral de Michoacán (IEM) revisar nuevamente si el senador morenista Gerardo Fernández Noroña incumplió las medidas cautelares dictadas a favor de Grecia Quiroz García, luego de revocar la resolución que previamente descartó la existencia de elementos para acreditar ese presunto desacato.
La resolución fue aprobada por unanimidad durante la sesión pública de este miércoles, al resolver el recurso de apelación TEEM-RAP-006/2026, promovido por Grecia Quiroz, quien impugnó la decisión de la Secretaría Ejecutiva del IEM al considerar que la autoridad electoral no valoró correctamente las pruebas relacionadas con el presunto incumplimiento de las medidas de protección otorgadas en su favor.
El origen del caso se remonta al 16 de febrero, cuando la Secretaría Ejecutiva del IEM dictó medidas cautelares mediante las cuales ordenó al senador Fernández Noroña abstenerse, por sí o por interpósita persona, de realizar cualquier acto de molestia, hostigamiento o intimidación en contra Grecia Quiroz (denunciante).
Posteriormente, el 31 de marzo, Grecia Quiroz promovió un incidente de incumplimiento al señalar que el legislador habría participado u orquestado un acto de intimidación ocurrido en el Senado de la República, donde un grupo de personas coreó de manera coordinada el apellido “Morón”, hecho que, a su juicio, constituyó una violación a las restricciones impuestas por la autoridad electoral.
Sin embargo, el pasado 1 de julio, la Encargada de Despacho de la Secretaría Ejecutiva del IEM determinó que no existían elementos suficientes para acreditar el incumplimiento de las medidas cautelares, por lo que rechazó la solicitud presentada por la denunciante.
Al analizar la impugnación, el Pleno del Teemich concluyó que la autoridad electoral realizó una valoración deficiente de las pruebas, al examinarlas de forma aislada y sin relacionarlas entre sí, además de omitir un estudio integral del contexto en que ocurrieron los hechos denunciados. Por ello, consideró fundados los agravios planteados por Grecia Quiroz.
Como consecuencia, el Tribunal revocó la resolución emitida por el IEM y ordenó que la Secretaría Ejecutiva emita una nueva determinación, en la que analice de manera conjunta todas las pruebas y los hechos expuestos por la promovente, conforme a los criterios establecidos por el propio órgano jurisdiccional.
El Teemich precisó que esta resolución no significa que el senador Fernández Noroña haya incumplido las medidas cautelares, sino que obliga al Instituto Electoral de Michoacán a realizar un nuevo análisis del caso antes de emitir una decisión definitiva sobre el presunto desacato.






