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sábado, marzo 7, 2026

¿Paridad de género?… TEPJF revoca asignaciones y restituye el triunfo de candidatas con más votos

Refrendo vehicular 2026
  • El pleno concluye que la aplicación restrictiva de la alternancia vulnera el principio de paridad de género y obliga al INE a corregir designaciones.

Ciudad de México, 31 de julio de 2025. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó hoy los acuerdos del Instituto Nacional Electoral (INE) que asignaban magistraturas de circuito y juzgadoras de distrito sin respetar los votos obtenidos por las candidatas, al estimar que se había aplicado de forma “incorrecta el principio de paridad de género” bajo criterios de alternancia neutral.

La resolución atiende cuatro juicios de inconformidad presentados por candidatas que, pese a haber logrado una mayor votación que sus homólogos varones, fueron omitidas en la distribución de los cargos. El pleno determinó que el método empleado por el INE no sólo contravenía el mandato constitucional de alternancia en clave de género, sino que, en la práctica, restringía el acceso de las mujeres que, por mérito democrático, habían ganado su puesto.

Para el TEPJF, la alternancia debe garantizar el paso entre géneros cuando sea necesario, pero nunca a costa de privar a una mujer de un cargo que obtuvo legítimamente. “Aquí estamos aplicando el principio democrático de mayoría que gana quien tiene mayor votación, pero, además, estamos aplicando el principio de paridad. En donde no podemos dejar fuera a una mujer para darle la posición a un hombre por el principio de alternancia, cuando este hombre tiene muchos menos votos que una mujer”, puntualizó la magistrada presidenta, Mónica Soto.

La sentencia sienta un precedente al advertir que la paridad no puede utilizarse como mecanismo restrictivo. El Tribunal subraya que, si una mujer alcanza la votación suficiente, su acceso no debe condicionarse a la alternancia (pero en caso contrario si), sino protegerse como expresión del derecho político-electoral. Con esta resolución, el INE deberá reasignar los cargos a las candidatas afectadas y ajustar sus criterios internos para futuras designaciones, a fin de garantizar la efectiva igualdad de género en los órganos jurisdiccionales electorales.

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